Abono de las retribuciones correspondientes al complemento de atención continuada/guardias en la situaciones de baja por embarazo de riesgo, maternidad y paternidad

General 02/03/2018

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Ourense ha reconocido en sentencias recientes el derecho a percibir las retribuciones correspondientes al complemento de atención continuada/guardias en la situaciones de baja por consecuencia de riesgo durante el embarazo, maternidad y paternidad por considerar que se trata de un derecho a mantener la integridad de las retribuciones (incluido el complemento de guardias o atención continuada) ya que no se trata de una concesión "graciosa", ni "discrecional", sino reglada y obligada con fundamento en lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres a cuyo tenor "la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombre es un principio informador del ordenamiento jurídico y como tal se integrará y observará en la interpretación y aplicación de las normas jurídicas".

Estas retribuciones se pueden reclamar siempre y cuando estén comprendidas dentro de los últimos cinco años anteriores a su reclamación. El personal afectado interesado en reclamar las retribuciones correspondientes a las guardias, complemento de atención continuada, jornada complementaria u otros devengos retributivos no abonados por consecuencia de situaciones de baja por riesgo durante el embarazo, maternidad, lactancia y paternidad, puede ponerse en contacto con la asesoría jurídica del Colegio Médico donde se le facilitará información sobre la documentación y trámites para proceder a dicha reclamación.

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