Recuperación de cotización por prácticas formativas no remuneradas: guía actualizada

Administrativo 04/08/2025

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha actualizado la normativa que permite recuperar hasta cinco años de cotización a la Seguridad Social por prácticas formativas no remuneradas. Las últimas modificaciones, publicadas en el BOE el pasado 2 de agosto, suponen condiciones más favorables para los solicitantes.

Además, quienes ya hayan solicitado el rescate de la cotización entre mayo de 2024 (cuando entró en vigor la normativa inicial) y el 2 de agosto, también podrán acogerse a estas nuevas condiciones.


¿Quién puede recuperar años de cotización?

Podrán acogerse quienes realizaron prácticas antes de 2024 (en el caso de prácticas no remuneradas) o antes del 1 de noviembre de 2011 en otros casos. Las prácticas formativas deben pertenecer a alguno de los siguientes tipos:

  • Alumnos universitarios (grado, máster, doctorado o título propio).

  • Alumnos de formación profesional no intensiva.

  • Alumnos de enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas profesionales o deportivas.

  • Participantes en programas de formación investigadora, dentro o fuera de España.

Exclusiones:
No podrán suscribir este convenio especial los pensionistas de jubilación o incapacidad permanente, salvo en los supuestos contemplados en el art. 2.2 de la Orden TAS/2865/2003.


¿Cuántos años se pueden recuperar?

Está aprobado el rescate íntegro de hasta 1.825 días (5 años).
Las personas que ya recuperaron 2 años bajo la normativa de 2011 también podrán beneficiarse de este nuevo convenio.

También se incluye la posibilidad para quienes realizaron formación investigadora sin estar vinculada a una titulación.


Coste de la recuperación de cotizaciones

La cuota mensual dependerá del año en el que se realizaron las prácticas (entre 1980 y 2006), con una estimación entre 40 y 140 €/mes.

La base mínima de cotización será la del grupo 7 del Régimen General correspondiente a la época de las prácticas.
Se aplicará una reducción del 23% (coeficiente corrector 0,77).


¿Se puede pagar a plazos?

Sí. El ingreso puede hacerse:

  • De una sola vez (en el mes siguiente a la formalización del convenio)

  • Fraccionado, hasta el doble del periodo a recuperar, con un máximo de 84 mensualidades (7 años)

El pago se realizará por domiciliación bancaria.


Plazo para solicitarlo

Las personas interesadas podrán presentar su solicitud hasta el 31 de diciembre de 2028, formalizando el convenio especial con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).


¿Cómo se presenta la solicitud?

A través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, en el apartado:

“Alta, baja o variación de datos del convenio especial” → sección “Trámites y gestiones”.

Es necesario solicitar un certificado de horas de prácticas a la universidad donde se realizaron.

Acceso directo a la web de la Seguridad Social


Más información

Para más detalles o asistencia, puedes consultar la web de la Tesorería General de la Seguridad Social o contactar con nuestro equipo administrativo.


-Enlace

 


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