Número de registro sanitario

General 05/02/2016

El Decreto 12/2009, de 8 de enero, por el que se regula la autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios dice que el número de registro sanitario deberá figurar en todas las comunicaciones externas, así como en la publicidad efectuada por el centro, servicio y establecimiento y en aquellos otros documentos de trascendencia sanitaria (http://www.xunta.es/dog/Publicados/2009/20090129/Anuncio555E_es.pdf)

Se están imponiendo sanciones a quién incumpla esta norma, por lo que debéis tener especial cuidado en que figure en toda vuestra publicidad sanitaria (rótulos, cartelería, web, etc.)

Si no recordáis vuestro número de registro podéis consultarlo en la página del SERGAS/ Buscador de Centros/ Registro de Centros/ Acceder, el enlace directo es este: https://extranet.sergas.es/bucen/BUCEN/BuscadorCentroseServizos.aspx?Idioma=ga

 

 


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